Calendario 2024 de horarios de espectáculos públicos y actividades recreativas

Imprimir
Icono whatsapp
Se aprueba el calendario para el 2024 de horarios de espectáculos y actividades recreativas, ello conforme al grupo de clasificación al que pertenecen en virtud de la licencia de actividad concedida.

DECRETO 17/2019, de 5 de febrero (BOPV n.º 37, de 21 de febrero)

LABORABLES

GRUPO
HORARIOS
REGIMEN GENERAL
Art. 32
Art. 32.8.b
GENERAL
VERANO
1 de junio a 30 de septiembre
(+30min)
G1
23:00 h
23 h 30 m
G2
01: 00 h
01 h 30 m
G3
02: 30 h
03 h 00 m
G4
04: 30 h
05 h 00 m


VIERNES, SÁBADOS Y VÍSPERAS DE FESTIVO

GRUPO
HORARIOS
REGIMEN GENERAL
Art. 32
Art. 32.8.b
GENERAL
VERANO
1 de junio a 30 de septiembre
(+30min)
G1
00 h 30 m
1 h 00 m
G2
02 h 30 m
03 h 00 m
G3
04 h 00 m
04 h 30 m
G4
06 h 00 m
06 h 30 m

NOTA.:
- Este calendario no afecta a los establecimientos ubicados en los Centros Comerciales.
- La ampliación horaria se refiere siempre a la madrugada entre el día indicado y el siguiente.
- Los días correspondientes a las fiestas de los barrios deberá solicitarse por las asociaciones o agrupaciones interesadas a través del Centro de Atracción y Turismo.

Documentos relacionados

Publicada el 12/22/2023