Juan José Recondo Múgica

  • Estado civil: casado/a
  • Sexo: hombre
  • Lugar de nacimiento: Hernani (Gipuzkoa)
  • Fecha de nacimiento: 1919-00-00
  • Fecha de defunción: no disponible
  • Lugar de residencia: Getaria (Gipuzkoa)
  • Profesión: no disponible
  • Rol: Gudari/Miliciano, Militante antifranquista
  • Organización política: no disponible

Observaciones:no disponible

Biografía:

Nacido en Hernani en 1919, residió en Pasajes Ancho desde los 5 años y hasta 1936. En esta última fecha, a la edad de 17 años, evacuó a Bilbao ante la entrada inminente de las tropas sublevadas en su localidad de residencia a primeros del mes de septiembre. En la capital vizcaína se enroló en las filas del Ejercito Vasco, pasando a formar parte del batallón nacionalista Saseta. En agosto de 1937 fue detenido en Limpias (Cantabria), siendo recluido en diferentes campos de concentración, hasta que en 1940 fue obligado a cumplir el servicio militar en Figueres (Girona).

Desde que en 1943 recobrara la libertad definitiva, se empleó en diferentes empresas hasta que en 1949 trasladó su residencia a Venezuela, donde permaneció hasta 1963. El 30 de mayo de 1967 fue detenido por miembros de la Guardia Civil del puesto de Getaria (localidad en la que se había establecido tras su regreso) bajo la acusación de haber dado “cobijo y alojamiento de forma ininterrumpida en su domicilio a los miembros de la organización clandestina ETA”. En el reconocimiento efectuado en su domicilio, la Guardia Civil halló propaganda de dicha organización y varios libros de matiz subversivo, por lo que fue puesto a disposición del gobernador civil de Gipuzkoa como presunto encubridor y colaborador directo de ETA. El 3 de junio de 1967 fue puesto en libertad provisional, si bien, dadas las acusaciones que se le imputaban quedó registrado en los archivos policiales como “peligroso político”.

Con motivo de la entrada en vigor del estado de excepción, el 5 de agosto de 1968 el sargento de la Guardia Civil del puesto de Getaria (Florencio Alonso Casado) se personó en el caserío familiar junto a tres agentes más y dos testigos. Después de llevar a cabo el registro domiciliario durante 2 horas y 15 minutos aproximadamente, los agentes dieron por concluida la inspección sin encontrar ningún tipo de material o documentación de carácter delictivo. Asimismo, el represaliado fue interrogado por los mismos agentes de la Guardia Civil, negando todas las acusaciones que le fueron imputadas. Sin embargo, Juan José Recondo fue detenido y trasladado a los calabozos de la Guardia Civil, donde permaneció hasta el 12 de agosto.

El 14 de agosto de 1968 el gobernador civil de Gipuzkoa acordó el traslado inmediato del represaliado a la localidad segoviana de Cuellar, donde debía permanecer hasta la derogación del estado de excepción, y con la obligación de presentarse diariamente en el puesto de la Guardia Civil de aquella localidad. El 11 de noviembre el gobernador civil de Gipuzkoa comunicó mediante oficio, tanto al gobernador civil de Segovia como al desterrado, la finalización del tiempo de destierro, razón por la que Juan José Recondo quedaba automáticamente en libertad. Sin embargo, en la jornada del 19, aun permaneciendo en Cuellar (y al igual que su hija María Isabel Recondo Beotegui, quien estaba desterrada en Cebreros, Ávila), fue de nuevo detenido y trasladado directamente a la comisaría del Cuerpo General de Policía de Donostia, lugar en el que al menos hasta el 26 de noviembre permanecieron ambos incomunicados. Por ese motivo, María Antonia Beotegui Leniz (esposa de Juan José y madre de María Isabel) envió un oficio en la última fecha señalada al gobernador civil de Gipuzkoa solicitando la libertad de sus familiares. Según el asesoramiento jurídico que había recibido María Antonia, y al que hace mención en su escrito, las detenciones habían sido irregulares, ya que en los municipios en los que se encontraban desterrados y fueron apresados nuevamente los represaliados debían contar con “la plenitud de su libertad y derechos individuales”, al estar el estado de excepción limitado a la provincia de Gipuzkoa.

Vulneraciones

Crimen de lesa humanidad de encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física > Internados en campos de concentración

  • Autor: Estado español
  • Fecha: 1937-00-00 / 1943-00-00
  • Testimonio oral de Elixabete Recondo. Fuente: Familiar.

Crimen de lesa humanidad de persecución: depuraciones > Exilio forzoso

  • Lugar: Venezuela
  • Fecha: 1949-00-00 / 1963-00-00
  • Testimonio oral de Elixabete Recondo. Fuente: Familiar.

Conculcación a la integridad física, psíquica y moral > Bajo custodia policial/torturas

  • Autor: Guardia Civil
  • Lugar: Donostia
  • Fecha: 1968-08-05 / 1968-08-12
  • 1968. Gipuzkoa en estado de excepción. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-921732-4-2).
  • Informe Gobierno Civil de Gipuzkoa 1968. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Gipuzkoa (AHPG).
  • Testimonio oral de Elixabete Recondo. Fuente: Familiar.

Otras conculcaciones > Exilio y destierros

  • Autor: Gobierno Civil de Gipuzkoa
  • Lugar: Cuéllar (Segovia)
  • Fecha: 1968-08-12 / 1968-11-18
  • 1968. Gipuzkoa en estado de excepción. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-921732-4-2).
  • Informe Gobierno Civil de Gipuzkoa 1968. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Gipuzkoa (AHPG).
  • Testimonio oral de Elixabete Recondo. Fuente: Familiar.

Elementos de prueba

  • 1968. Gipuzkoa en estado de excepción. Fuente: Bibliografía. (Ref. 978-84-921732-4-2).
  • Informe Gobierno Civil de Gipuzkoa 1968. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Gipuzkoa (AHPG).
  • Retrato. Fuente: Familiar.
  • Testimonio oral de Elixabete Recondo. Fuente: Familiar.

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