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Condiciones particulares: |
Conforme al art. 10.1.c) en una calle inferior a 5 metros de ancho, los establecimientos hosteleros podrán colocar, pegados a fachada, como máximo 2 mesas altas sin taburetes en cada acceso al establecimiento.; Por lo tanto, se propone autorizar la terraza con 2 mesas altas sin taburetes, conforme al plano del Responsable de Vías Públicas y Locales Municipales.; Las mesas deberán retirarse a las 22:30h los días laborales y a las 24:00h los viernes, sábados y vísperas de festivos. (Art. 7.3) |