Imprimir
Icono whatsapp

¿Qué actos se pueden reclamar ante el Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de San Sebastián?


Siempre tiene que haber un acto municipal antes de dirigirse al Tribunal.

Ese acto tiene que tratarse de:
  • Liquidación de un impuesto (plusvalía, circulación, bienes inmuebles, construcciones, actividades económicas), de una tasa ( agua, basuras, ota, licencias, grua, cementerios).
  • Resoluciones de una solicitud de revisión de un recibo.
  • Resoluciones que denieguen exenciones o bonificaciones tributarias.
  • Resoluciones que declaren la obligación de pagar un impuesto.
  • Resoluciones de recaudación con recargos o de embargo.
  • Resoluciones que impongan sanciones tributarias.
  • El cobro con recargos, o embargos de sanciones de tráfico, de urbanismo, y de civismo, de precios públicos (recibos de polideportivos, de la escuela de música, guarderías).