Descripción del trámite
Subvenciones para la organización de festivales de música, teatro, danza, libro, audiovisuales y artes visuales en Donostia/San Sebastián
Quién lo puede solicitar
- Persona física o jurídica o su representante legal
Que cumplan estos requisitos:
- Deberán tener su domicilio y marco de actuación en Donostia/San Sebastián o, aún no teniendo su domicilio en Donostia/San Sebastián, realicen una actividad que Donostia Kultura considere de especial interés para la ciudad.
- Deberá ser económicamente viable, acreditando dicha viabilidad por medio de la presentación de un presupuesto equilibrado, y que respete los límites establecidos en las Bases (artículo 14)
Cuándo lo pueden solicitar
13/3/2024 - 12/4/2024
Plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la publicación de cada convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa
El trámite se encuentra fuera de plazo.
Documentación necesaria
- Documento con el que acredita la representación, en su caso
- Original del proyecto que se pretende sea subvencionado, aprobado por la persona u órgano competente de la entidad solicitante, junto con el Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto.
- Memoria Ambiental
- Documentación relativa a la persona o entidad solicitante
Las personas físicas: acreditación de identidad de la persona firmante de la solicitud: DNI, pasaporte o documento similar.
Las entidades inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas no deberán aportar documentación adicional referente a la entidad. Si la persona firmante no coincide con la que figura en el Registro en el cargo correspondiente se aportará documentación acreditativa del nombramiento actualizado.
Las entidades que no estén inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas, deberá adjuntar:
- Escritura de constitución y estatutos o normativa reguladora de la Entidad, así como acreditación de su inscripción en los Registros públicos correspondientes..
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
- Acreditación de la identidad del representante legal de la persona jurídica, así como acreditación del poder de representación que ejerza.
Esta documentación podrá ser complementada por cuanta otra que considere de interés la persona o entidad solicitante.
Tamaño máximo anexos: 15 Mb
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 4 meses
- Plazo legal: 6 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Publicación de las bases en el BOG
- Recogida de solicitudes
- Revisión de la documentación y subsanación de errores
- Evaluación y propuesta de la resolución provisional
- Publicación de la resolución provisional en el tablón de anuncios y en la página web
- Plazo de 10 días para presentar alegaciones
- Examinadas las alegaciones, se formula la propuesta de resolución definitiva
- Envío de notificación de la concesión comunicando el ingreso de la subvención o en su caso, la denegación.
- Publicación en web y en tablón de Anuncios.
Responsable de la tramitación
Entidad: Entidad Pública Empresarial Donostia Kultura
Normativa
- Ley 38/2003, De 17 De Noviembre, General De Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, De 21 De Julio, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De La Ley 38/2003, De 17 De Noviembre, General De Subvenciones
- Decreto Legislativo 1/2023, De 16 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De La Ley Para La Igualdad De Mujeres Y Hombres Y Vidas Libres De Violencia Machista Contra Las Mujeres
- Ley Orgánica 3/2007, De 22 De Marzo, Para La Igualdad Efectiva De Mujeres Y Hombres
- Iv Plan Para La Igualdad De Mujeres Y Hombres Del Ayuntamiento De Donostia 2020-2024
Bases publicadas cada año
Trámites relacionados
Otra información de interés
La subvención se abonará en dos partes:
- Un 60% en el momento de la aprobación de la concesión por el órgano competente
- Un 40% una vez presentados y validados los documentos exigidos para la justificación de la subvención.
Protección de datos