Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos

Presencial

Sección de Salud Pública y Bienestar Animal
Duque de Mandas, 12 bajo
Teléfono. 943 483 878
Horario: 09:00 - 14:00

Documentos

Descripción del trámite

Debe realizar este trámite si quiere tener, o pasear, o conducir, un perro potencialmente peligroso.Tiene que solicitar y obtener la licencia ANTES de tener el animal. El veterinario o veterinaria se la exigirá para poner el microchip. Algunas razas de perros y sus cruces, están consideradas como potencialmente peligrosas, y es necesario que todas las personas los tengan, o conduzcan, o controlen en lugares o espacios públicos tengan licencia.
Son las siguientes razas:
  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffodshire Terrier
  • Rotweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasilero
  • Tosa Inu
  • Akita Inu
  • Se incluyen también los perros que tengan las características que se indican en el art. 10 del Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad del País Vasco.

Quién lo puede solicitar

  • Ser mayor de 18 años
  • Abonar la tasa o precio público correspondiente
Carecer de antecedentes penales (lo solicitará el propio Ayuntamiento previa autorización)

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Documento de identificación: DNI / NIE.
  • Una fotografía reciente de la persona que solicita, de tamaño de las de carné, en color.
  • Certificado de capacidad física y psicológica, expedido por uno de los centros de reconocimiento debidamente autorizados de acuerdo con el Decreto 2272/1985, de 6 de diciembre, por el que se determinan las aptitudes psicofísicas que deben poseer las personas que conducen vehículos (original)
  • Documento acreditativo de haber formalizado el pago de la tasa municipal por la obtención de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ingreso en cuenta Kutxabank 2095 0611 02 1062262547
  • Certificado negativo de antecedentes penales (lo puede solicitar el propio Ayuntamiento, previa autorización).

Nota: es obligatorio el uso del impreso específico indicado en este trámite.


Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 5 días
  • Plazo legal: 3 meses
  • Sentido del silencio: Positivo

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación
  2. Comprobación y análisis de la solicitud
  3. Emisión de licencia y tarjeta y recogida por parte de la persona interesada
  4. Acudir al veterinario o veterinaria habitual para que implante el microchip
  5. En un plazo máximo de quince días contados desde la fecha de recepción de la licencia, inscripción del animal en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Salud y Medio Ambiente

Normativa

Trámites relacionados

Otra información de interés

Requisitos

Cambio de titular o transmisión
  • Licencia vigente por parte del vendedor/a
  • Obtención previa de licencia por parte del/de la comprador/a
  • Inscripción del cambio producido en REGIA (Registro General de Identificación de Animales de la CAPV) en su veterinario/a habitual

Traslado a otra Comunidad Autónoma:
  • Es necesario dar de baja en el Registro de la Comunidad Autónoma de origen, en su veterinario/a habitual
  • Realizar la inscripción en el Registro con el procedimiento antes descrito.

Baja:
  • En caso de muerte o sustracción se deberá de dar de baja en REGIA mediante su veterinario/a habitual.
  • Notificar la baja en el Ayuntamiento para dar de baja en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, mediante el documento que le de su veterinario/a.

Protección de datos

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