Consultas y certificados urbanísticos

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Descripción del trámite

La ciudadanía puede solicitar la consulta y/o certificado sobre la información básica del régimen urbanístico aplicable a una finca, polígono o sector en la forma establecida por la legislación vigente.

Información: cómo enviar documentación complementaria
una vez realizada la solicitud, si necesita añadir documentación, hágalo a través de este trámite: Registro General: aportar documentación a un expediente.

Quién lo puede solicitar

Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Deberá identificar inequívocamente la finca, inmueble, polígono, unidad de ejecución o sector, de manera que no puedan producirse dudas acerca de su situación y las demás circunstancias de hecho que concurran en el caso.
  • Plano de emplazamiento, de la finca objeto de la consulta.

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 1 mes
  • Plazo legal: No procede
  • Sentido del silencio: No procede

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación, en su caso
  2. Informe técnico y/o jurídico
  3. Comunicación y/o emisión del certificado en relación a la información solicitada

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Urbanismo Sostenible

Normativa

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Otra información de interés

  • Las consultas sólo tienen valor informativo y no crean derechos ni expectativas de derechos. Por ello, no cabe la interposición de recurso alguno ante las mismas.
  • El Ayuntamiento, al contestar la consulta señalará, únicamente, en la información urbanística emitida la clasificación y en su caso la calificación del suelo donde se incluya la finca, inmueble, polígono, unidad de ejecución o sector de que se trate, y los usos, intensidades y aprovechamientos urbanísticos que tengan atribuidos por el Plan General o planeamiento de desarrollo, definitivamente aprobado, que resulte de aplicación en el término municipal remitiéndose en su caso a las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, o instrumento de planeamiento y/o gestión vigentes.

Protección de datos

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