Descripción del trámite
Cuando se produce el fallecimiento del o de la titular de una sepultura, sus herederos y herederas deben de actualizar la titularidad de la misma. Este trámite es obligatorio si se quiere hacer uso de la sepultura en el futuro.
Mas información
Quién lo puede solicitar
Los y las herederas del titular fallecido o su representante legal
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
- Documento “Autorización representación” (rellenado y firmado por las nuevas personas titulares)
- DNI de las nuevas personas titulares
Si hay testamento
- Certificado de titularidad o duplicado del mismo
- Certificado de defunción del o la titular y de todos y todas las herederas fallecidas. Se obtiene en el Registro Civil del lugar donde ocurrió el fallecimiento. (en San Sebastián en Plaza Teresa de Calcuta).
- Certificado de actos de última voluntad del o de la titular y de todos y todas las herederas fallecidas. Es el formulario 790 que está en la web www.mjusticia.es.gob.es
- Testamento: el último otorgado por el/la titular y todas y todos aquellos herederos que hayan fallecido. En caso de que la notaría no exista, en el Colegio Notarial en calle Hondarribia 6 - 1, se le indicará dónde conseguirlo (copia simple).
Si no hay testamento
- Línea directa (1º grado de consanguinidad, padres/hijos): Aportar certificado de defunción, certificado de actos de últimas voluntades y libro de familia del/ de la titular/es. El certificado de nacimiento de los/las hijos/as sustituiría al libro de familia.
- Línea directa (hasta el 4º grado de consanguinidad): Tramitar ante notaría un acta de notoriedad. Este acta sustituye a los puntos 2,3,4
- Línea colateral: Tramitar en el Juzgado un auto de declaración de herederos/as. Este auto sustituye a los puntos 2, 3 y 4.
*Si hay documento de Partición de Herencia se presentará éste en sustitución de los documentos 2, 3 y 4.
Nota: es obligatorio el uso del impreso o formulario específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 3 meses
- Plazo legal: 3 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Registro de la solicitud
- Revisión de la solicitud por parte de Polloe
- Resolución de la transmisión
- Notificación de la transmisión y tasa a abonar a la persona/s solicitantes
- Liquidación de la tasa
- Recogida del título del panteón
Responsable de la tramitación
Entidad: Servicios Funerarios Donostia/San Sebastián, SA (Polloe)
Normativa
Trámites relacionados
Otra información de interés
Correo postal: Cementerio de Polloe, plaza Polloe, 2 (20012 Donostia)
E-mail: polloe@donostia.eus
Web:
www.polloe.eus
Protección de datos