Descripción del trámite
Autorización para aparcar su vehículo en zona regulada.
Existen varias
modalidades:
- Residentes (tasa 2024: 62,24€)
- Actividades Económicas
- Personas con movilidad reducida
- Veraneantes: entre el 1 de junio y el 30 de septiembre (tasa 2024: 125,00€)
NOTA:
Se recuerda que
la viñeta física "Viñeta OTA"
ha desaparecido como identificacion del vehículo residente autorizado, por lo que ya
NO es necesaria la recogida o devolución de dicho distintivo.
Quién lo puede solicitar
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "
autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Cuándo lo pueden solicitar
Durante todo el año
Excepto OTA verano: 15 días antes del 1 de junio
Documentación necesaria
Ver en el apartado "Documentos" la documentación y requisitos necesarios según el tipo de autorización.
Notas:
- El Ayuntamiento se reserva el derecho de exigir cualquier otra prueba documental y/o de realizar de oficio cuantas comprobaciones se estimen oportunas para contrastar la veracidad de los datos aportados por las personas solicitantes de la autorización.
- Es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
TASA 2024
Residentes: 62,24 € (tasa anual)
Tasa para personas titulares o beneficiarias de la Renta de Garantía de Ingresos y/o de la Ayuda de Emergencia Social: 36,42 €.
Deberá realizar la solicitud anualmente y surtirá efecto en el mismo periodo impositivo siempre que la solicitud se efectúe antes de la finalización del plazo de pago voluntario.
Tanto en nuevas solicitudes para Residentes efectuadas durante el segundo semestre del año natural como en los desistimientos de la autorización, el importe de la cuota se prorrateará por semestres naturales (31,12 € en general y 18,21 € para personas beneficiarias de las ayudas sociales señaladas anteriormente)
Veraneantes: 125,00 € (no prorrateable)
Personas con movilidad reducida: gratuito
Actividades económicas: El pago se efectuará según el tiempo de estacionamiento (Tarifa 3).
Área de servicio para autocaravanas:
Período estival (1 junio a 30 septiembre): 10,00 €
Resto del año (1 octubre a 30 mayo): 5,00 €
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 7 días
- Plazo legal: 3 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Registro de solicitud y documentación
- Comprobación de cumplimiento de los requisitos
- Subsanación de documentación, en su caso
- Concesión o denegación de autorización
- Liquidación de tasa, en su caso
En el caso de las actividades económicas, se envía notificación a las personas interesadas y se contacta con ellas para informarles de las condiciones de uso.
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Movilidad
Normativa
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Otra información de interés
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