A través de este trámite puede solicitar el alta y la modificación de:
- domicilio fiscal
- domicilio para avisos
- cuenta bancaria
Domicilio fiscal: es único por contribuyente para todos los recibos.
Domicilio para avisos: pueden existir diferentes "direcciones para avisos" en los recibos de un mismo o misma contribuyente.
La Domiciliación Bancaria es la cuenta bancaria en la que serán cargados los recibos (IBI, IAE, aguas, basuras, vehículos, plusvalías y demás liquidaciones), salvo las multas de tráfico, y pueden existir diferentes para el mismo o misma contribuyente.
El botón "Comenzar" le llevará a su carpeta. Acceda al apartado:
MI perfil / Información fiscal
Recibos de Inmuebles alquilados:
El inquilino o inquilina únicamente podrá solicitar el cambio de cuenta bancaria y añadir un domicilio de avisos (nunca el cambio de domicilio fiscal). Para solicitarlo, acceda al siguiente trámite:
Registro General: aportar documentación a un expediente
Datos que deberá indicar:
- Tramite: "Domiciliación bancaria y domicilio fiscal"
- Nº expediente: DNI de la persona titular del recibo
- Necesario adjuntar:
- El documento de solicitud de este trámite cumplimentado.
- El Contrato de alquiler.
- El último justificante del pago del alquiler.
- El justificante de titularidad de la cuenta bancaria.
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- Impreso de solicitud
- DNI de la persona solicitante
Si la solicitud la realiza el representante, se deberá justificar dicha representación.
Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
*La solicitud tiene carácter indefinido hasta que se comunique lo contrario, por lo que no es necesario renovarla.
*En el caso de que el obligado tributario no hubiera declarado su domicilio fiscal, se considerará como tal, entre tanto, cualquier inmueble o explotación económica del que figure como titular.
*Ventajas de la domiciliación general
- Los recibos domiciliados se cargarán el último día del período voluntario en la cuenta bancaria indicada.
- Aplicación del interés preferente en los aplazamientos y fraccionamientos de pago y, en determinados casos, sin necesidad de aportar garantía.
- Suspensión del procedimiento de cobro sin necesidad de avalar cuando se interponga recurso de reposición y hasta la resolución del mismo.
Calendario fiscal