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Lucas se dio a conocer en 1935 como harrijasotzaile en la plaza de toros de Azpeitia. Quizás por ello, de acorde a sus capacidades físicas, fue sargento acemilero del batallón Euzko Indarra a partir de octubre de 1936 y hasta su detención en Laredo en agosto de 1937. Anteriormente, es probable que actuara en Azpeitia al servicio del Comité de Defensa.
Ya en septiembre de 1937 fue enviado al campo de concentración de Miranda del Ebro, para con posterioridad ser trasladado a San Juan de Muzarrifar (Zaragoza), bajo la tutela de la segunda compañía del batallón de trabajadores nº 25. Tras aproximadamente mes y medio en Aragón, fue de nuevo enviado a Miranda del Ebro donde sería probablemente clasificado por la Comisión de Clasificación de Prisioneros, antes de ser destinado al batallón de trabajadores nº 64 en Estella.
A partir de ese momento, la historia de Lucas está ligada al resto de compañeros juzgados tras el episodio de Villa Felisa en el frente de Teruel. Incorporado al tercio de San Ignacio, el 2 de marzo de 1939 fue capturado junto a otros cuatro azpeitiarras por las tropas republicanas, mientras intentaban alcanzar un caserío del que pretendían tomar unas gallinas. Desde su captura y hasta el final de la guerra, Lucas actuó a las órdenes del ejército republicano en la brigada antiaérea nº 17 en Valencia.
Al regresar a Azpeitia fue detenido y encarcelado en la prisión de este municipio, al haber sido denunciado por un delito de deserción al igual que el resto de compañeros juzgados. En diciembre de 1939 fue trasladado a la prisión de Ondarreta a la espera de ser juzgado en consejo de guerra, donde ratificó la declaración prestada en el mes de mayo ante la Guardia Civil de Azpeitia. En ella, argumentaba cómo fueron capturados, sin obviar que con anterioridad a la guerra fue una persona de ideas nacionalistas. En este sentido, tanto los informes de falange como de alcaldía de Azpeitia remarcaron que a pesar de su ideología era una persona de “muy buena conducta”.
Finalmente, el 1 de mayo de 1940 el tribunal militar consideró que no se había dado un acto de deserción sino que los encartados habían sido capturados por las tropas enemigas, por lo que todos ellos quedaron absueltos y en situación de libertad definitiva.
Centro de origen | Centro destino | Fecha entrada | Fecha salida |
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Campo de Concentración larga duración Miranda de Ebro (Burgos) | Campo de Concentración larga duración San Juan de Mozarrifar (Zaragoza) |
Centro de origen | Centro destino | Fecha entrada | Fecha salida |
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Campo de Concentración larga duración San Juan de Mozarrifar (Zaragoza) | Campo de Concentración larga duración Miranda de Ebro (Burgos) |
Delito | Fecha | Lugar | Procesamiento | Emisor | Condena | Fecha sentencia | Condena conmutada | Fecha conmutación |
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Deserción | no disponible | Consejo de Guerra | Absolución | 1940-05-01 |
Centro de origen | Centro destino | Fecha entrada | Fecha salida |
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Prisión de Partido Azpeitia (Gipuzkoa) | Prisión Provincial San Sebastián (Ondarreta) | 1939-05-17 |
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