Descripción del trámite
- Las personas con un grado de minusvalía a partir del 65% y vehículo de menos de 14 Cv.
- Grado de minusvalía superior a 33 e inferior a 65 con 7 ó mas puntos y menos de 14 Cv.
Entendiéndose por tales las que obtengan en el sub-baremo de Limitaciones en las Actividades de Movilidad (BLAM) del Real Decreto 888/2022 de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, una limitación final de movilidad igual o superior al 25 por 100.
Vehículos cuyos titulares acrediten que tienen a su cargo, por razón de patria potestad, tutela o curatela a alguna persona con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
Limitación final de movilidad igual o superior al 75 por 100, no les será de aplicación el límite de 14 caballos fiscales, siempre que el vehículo se encuentre adaptado para el uso con silla de ruedas.
Quién lo puede solicitar
- Persona física o jurídica o su representante legal
Personas con reconocimiento de discapacidad o personas titulares de vehículos para el transporte de la persona discapacitada.
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 1 mes
- Plazo legal: 6 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Registro de solicitud y documentación
- Comprobación del cumplimiento de requisitos
- Resolución estimatoria o desestimatoria
- Notificación a la persona interesada
- Registro de datos
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección Financiera
Normativa
Trámites relacionados
Otra información de interés
La exención sólo se podrá aplicar a un vehículo
Protección de datos