Los estudios de detalle tienen por objeto completar o adaptar las determinaciones de la ordenación pormenorizada en cualquier clase de suelo. Sus determinaciones principalmente, se limitarán a:
Señalar, rectificar o complementar las alineaciones y rasantes.
Ordenar los volúmenes.
Regular determinados aspectos y características estéticas y compositivas de las obras de urbanización, construcciones, edificaciones, instalaciones y demás obras y elementos urbanos complementarios, definidos en la ordenación pormenorizada.
Quién lo puede solicitar
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Cuándo lo pueden solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
Documento de identificación: DNI / NIE.
1.1. DOCUMENTACIÓN URBANÍSTICA
"1.1.1: Memoria (pdf): Justificación de la propiedad o consentimiento de la propiedad, antecedentes, justificación urbanística, justificación de los límites impuestos a los estudios de detalle,..."
"1.1.2: Norma o ficha a publicar en el BOG. (pdf)"
"1.1.3: Planos de información. (pdf)"
"1.1.4: Planos de ordenación. (pdf)"
1.2. DOCUMENTACIÓN VECTORIAL:
Planos en ficheros CAD (dwg o similar) sistema de coordenadas UTM ETRS89 Zona 30.
NOTA: Toda documentación ha de ser presentada en los dos idiomas oficiales (euskera y castellano)
Nota: es obligatorio el uso del formulario indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 300 Mb
Cantidad a abonar
Gratuito
Plazo de resolución y sentido del silencio
Plazo estimado: 4 meses
Plazo legal: 6 meses
Sentido del silencio: Negativo
El plazo máximo legal son 3 meses para la aprobación inicial y otros 3 meses desde la aprobación inicial para la aprobación definitiva.
Pasos del procedimiento
Registro de la solicitud y documentación
Trámite de subsanación si procede
Informes técnicos, jurídicos y económicos
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con la aprobación inicial y, en su caso, condiciones.
Publicación anuncio en el BOG, en el diario/s de mayor difusión y en la sede electrónica, dando un plazo de 20 días hábiles para presentar alegaciones.
Si hubiera alegaciones, informe del equipo redactor del Estudio. Informes de los servicios técnicos municipales sobre las alegaciones y el acuerdo de aprobación definitiva.
Dictamen y posterior acuerdo del Pleno Municipal con la aprobación definitiva del Estudio.
Notificación del acuerdo a la persona/entidad solicitante y demás interesadas.
Publicación del anuncio en el BOG y en la sede electrónica