Descripción del trámite
Tramitación y resolución de reclamaciones económico-administrativas ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEAM).
Los actos que se pueden reclamar ante el TEAM son los siguientes:
- Liquidación de un impuesto (plusvalía, circulación, bienes inmuebles, construcciones, actividades económicas), de una tasa ( agua, basuras, ota, licencias, grua, cementerios).
- Resoluciones de una solicitud de revisión de un recibo.
- Resoluciones que denieguen exenciones o bonificaciones tributarias.
- Resoluciones que declaren la obligación de pagar un impuesto.
- Resoluciones de recaudación con recargos o de embargo.
- Resoluciones que impongan sanciones tributarias.
- El cobro con recargos, o embargos de sanciones de tráfico, de urbanismo, y de civismo, de precios públicos (recibos de polideportivos, de la escuela de música, guarderías).
El plazo para presentar la reclamación es el de
un mes desde que recibió el acto municipal con el que no está de acuerdo ( el recibo, la liquidación el embargo de la multa, la desestimación del recurso de reposición, la desestimación de la exención o bonificación, etc.)
Si la reclamación se presenta una vez transcurrido ese plazo, el Tribunal tiene que declararla inadmisible por extemporánea.
Quién lo puede solicitar
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "
autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
- Escrito de reclamación
- En caso de solicitar la suspensión de la deuda tributaria, garantía por la cuantía de la deuda.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
Gratuito
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 6 meses
- Plazo legal: 6 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Registro de solicitud y documentación
- Subsanación de documentación, en su caso
- Puesta de manifiesto: acceso a expediente
- Prueba: en caso de solicitar se abre período probatorio
- Vista: si se incorpora algún informe o documentacion durante la tramitación, se le da trámite de vista audiencia a interesados/as
- Resolución estimatoria o desestimatoria
- Notificación a la persona interesada
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Gestión Económica
Normativa
Otra información de interés
*Si el fallo estima total o parcialmente la solicitud, es el órgano municipal que dictó el acto impugnado, quien debe ejecutar el fallo del Tribunal.
*Si el fallo es desestimatorio la persona interesada puede dirigirse al órgano de recaudación ya que el Ayuntamiento continuará los tramites de ese procedimiento municipal.
*En ambos casos la persona interesada puede presentar en el plazo de dos meses, el recurso ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Donostia.
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