Subvención a la creación de comunidades de energías renovables o de ayuda a las comunidades ya constituidas: Solicitud

Telemático

Descripción del trámite

Subvención para fomentar la creación de nuevas comunidades de energías renovables, así como la inversión, por parte de las comunidades energéticas, en instalaciones fotovoltaicas.

2 líneas de subvención:
    GRUPO A
    las destinadas a facilitar las acciones necesarias para la constitución de la futura comunidad de energías renovables.
    GRUPO B
    las destinadas a ayudar a comunidades energéticas constituidas

Quién lo puede solicitar

Asociaciones que tengan domicilio social y fiscal en el municipio de San Sebastián

Cuándo lo pueden solicitar

4/12/2023 (09:00) - 3/6/2024 (02:00)

Documentación necesaria

  • Si la persona firmante no coincide con la que figura en los respectivos registros, se requerirá a la entidad la documentación acreditativa del nombramiento actualizado y se incorporará al expediente.
  • Presupuesto detallado de la actuación por la que se solicita la subvención, aprobado por el órgano competente de la entidad solicitante, desglosado por partidas, separando las partidas de gasto e inversión. Se diferenciará claramente el cote elegible.
  • El plan de igualdad vigente en el caso de las entidades beneficiarias obligadas a tenerlo.
  • Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a nombre de la persona solicitante.


GRUPO A, además:
  • Proyecto o memoria técnica de la actividad. Debe incluir cronograma en el que se indiquen las fechas inicio y fin del proyecto.

GRUPO B, además:
  • Proyecto de la instalación de energía solar fotovoltaica firmado por persona técnica competente.
  • Especificaciones técnicas del fabricante de los equipos.
  • Estatutos aprobados por la comunidad de energías renovables.

Tamaño máximo anexos: 50 Mb

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 6 meses
  • Plazo legal: 6 meses
  • Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Publicación de las bases en el BOG
  2. Recogida de solicitudes
  3. Revisión de la documentación y subsanación de errores
  4. Evaluación y propuesta de la resolución provisional
  5. Plazo de 10 días para presentar alegaciones
  6. Examinadas las alegaciones, se formula la propuesta de resolución definitiva.
  7. Envío de notificación de la concesión comunicando el ingreso del 70% de la subvención o en su caso, la denegación.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Salud y Medio Ambiente

Normativa

Otra información de interés

Protección de datos

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