Viviendas de protección oficial
La adjudicación de estas viviendas de alquiler se realizará a través de un baremo que asigna una puntuación a cada solicitud. Las personas y unidades convivenciales con mayor puntuación podrán ser las adjudicatarias cuando se compruebe que sus datos personales y la documentación que hayan aportado es correcta y se ajusta a las condiciones requeridas.
Las viviendas se alquilan por un periodo de 7 años, con posibilidad de renovación si se siguen cumpliendo los requisitos.
La administración, como propietaria, establecerá el precio del alquiler.
Información de interés
Requisitos
- tener 18 años (ya cumplidos)
- residir o trabajar en Donostia / San Sebastián. Ver detalle
- no ser titular de una vivienda. Ver detalle
- realizar la inscripción en el registro municipal de solicitantes de vivienda
- en el caso de matrimonios o parejas inscritas en el registro de parejas de hecho, el acceso a una vivienda de protección pública deberá ser en régimen de titularidad compartida
- ingresos. Sus ingresos ponderados deberán situarse entre unos máximos y unos mínimos. Ver detalles
Puedes comprobar si cumples los requisitos realizando una simulación.
Solicitar vivienda
Cupos y baremación
Cupos
- movilidad reducida
- violencia de género
- discapacidad intelectual o enfermedad mental
- personas mayores de 65 años
- personas menores de 35 años
- familias numerosas
- familias monoparentales o monomarentales
- vivienda compartida
- general
- mayores de 70 años, titulares de una vivienda en Donostia / San Sebastián
Baremación
La asignación de las viviendas se realiza según el orden de puntuación obtenido aplicando los siguientes criterios de baremación:
- ingresos. Puntuación máxima: 35 puntos
- menores de 23 años o en situación de dependencia, en la unidad convivencial. Puntuación máxima: 15
- antigüedad en la inscripción en el registro municipal de solicitantes de vivienda de Donostiako Etxegintza. Puntuación máxima: 20
- vinculación con Donostia / San Sebastián: Puntuación máxima: 10
- situaciones especiales. Puntuación máxima: 10
- concurrencia de requisitos para poder participar en varios cupos. Puntuación máxima: 10
- edad: exclusivamente para el cupo 10. Puntuación máxima: 20
- movilidad: exclusivamente para el cupo 10. Puntuación máxima: 10
Procedimiento de adjudicación de viviendas
Estos son los pasos del procedimiento de adjudicación de vivienda:
- solicitud de participación, sin aportación de documentación
- listas provisionales (baremación)
- plazo de reclamaciones
- listas definitivas
- asignación de viviendas
- notificación a las personas seleccionadas
- personas adjudicatarias provisionales
- personas adjudicatarias definitivas
- lista de espera
- renuncia
- renovación de la baremación
Derechos y obligaciones
Derechos de las personas inquilinas:
- vivir en la vivienda durante un máximo de 7 años
- alquiler a un precio moderado, según la capacidad económica de la unidad convivencial
- posibilidad de prorrogar el plazo del alquiler
- realizar las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad
- sustituir la persona inquilina (subrogación) en los casos que permite la ley
Obligaciones principales de las personas inquilinas:
- la vivienda debe ser la residencia habitual
- no ceder la vivienda a otras personas
- no realizar actividades ni negocios en la vivienda
- pagar el alquiler
- hacer un uso adecuado de la vivienda
- respetar las normas de buena vecindad
- pagar los gastos comunes
- mantener la vivienda en buen estado
- comunicar cualquier incidencia
- cuidar el edificio
- contratar un seguro para la vivienda obligatoriamente
- no realizar obras sin autorización
- mantener buenas relaciones de convivencia con la comunidad vecinal
- dejar la vivienda al finalizar el contrato
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar más de una solicitud?
¿Qué se entiende por unidad convivencial?
Se entiende por unidad convivencial la unión de 2 o más personas por matrimonio u otra relación análoga a la conyugal, así como por adopción o consanguinidad hasta el tercer grado y afinidad hasta el segundo, que residan o vayan a residir en el mismo hogar.
En cualquier caso, determinadas personas deben inscribirse obligatoriamente juntas, como quienes forman matrimonio o pareja de hecho.
¿Cómo puedo saber si cumplo el requisito de ingresos?
¿En el caso de que los solicitantes sean 2 personas, ¿Es necesario que ambas estén empadronadas en Donostia / San Sebastián o basta con que esté una solo?
¿Puedo optar a una VPP si tengo una vivienda?
¿Qué ocurre si mis circunstancias familiares cambian tras presentar la solicitud?
¿Cómo puedo modificar mi solicitud?
- Online a través del trámite.
- Presencialmente acudiendo a nuestras oficinas.
¿Me puedo apuntar al cupo que quiera?
No, será Donostiako Etxegintza quien, en función de las circunstancias que declare cada persona o unidad convivencial, determine en qué cupo concreto se le incluye.
Solo se puede elegir formar parte del cupo de vivienda compartida, y para ello, hay que indicarlo expresamente en la solicitud.
¿Cuándo se renueva la lista baremada?
Al menos 1 vez al año se renueva la lista de personas adjudicatarias mediante la reasignación de puntos a las unidades convivenciales. En todo caso, la renovación se realizará con los datos fiscales del último ejercicio disponible.
Asimismo, las personas inscritas como demandantes de vivienda deberán notificar a Donostiako Etxegintza cualquier cambio en sus circunstancias personales que pueda afectar a la puntuación otorgada.
¿Puedo renunciar a la vivienda que me adjudiquen?
Si vivimos en una vivienda compartida y 1 persona se va ¿Quién paga su parte?
En caso de separación o divorcio, ¿las personas menores a cargo con quién de los miembros de la pareja se pueden inscribir?
Cuando la guarda y custodia es compartida, ambas personas que formaban la pareja pueden incluir a las hijas o hijos en su solicitud.
Ahora bien, solo se incluirán en el cupo monoparental los siguientes casos:
- ambos progenitores en caso de custodia compartida
- la persona progenitora que tenga la custodia
- cuando no tenga la custodia, pero en el convenio regulador se establece un régimen de visitas que indique que los hijos o hijas deben dormir con dicha persona más de 75 noches al año.
¿Puedo apuntarme a los pisos de protección y también al programa municipal de Alokabide?
¿Tengo que optar por 1 de las 2 modalidades, compra o alquiler, o puede inscribirse en ambas a la vez?
Es posible apuntarse tanto a la opción de alquiler como a la de compra en derecho de superficie, o a ambas, siempre que se disponga de los ingresos mínimos requeridos: 9.000 € para compra y 3.000 € para alquiler.
Por otra parte, las personas adjudicatarias de viviendas en alquiler pueden seguir inscritas en los procedimientos de adjudicación de viviendas en régimen de compra en derecho de superficie.
¿Cómo demuestro el tiempo que he trabajado en la ciudad?
Presentando la vida laboral actualizada y certificaciones de las empresas en las que se haya trabajado, indicando las fechas de inicio y fin del empleo, así como la ubicación del centro de trabajo.
La vida laboral es un documento emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
¿Hay que acreditar los ingresos de todas las personas que figuran en la solicitud?
Se consideran perceptores de ingresos computables todas las personas de la unidad convivencial que vayan a ser cotitulares de la vivienda.
Es importante tener en cuenta que los matrimonios, parejas de hecho registradas y otras personas mayores de edad dentro de la unidad convivencial deben ser titulares obligatoriamente, salvo en el caso de madres/padres e hijas/hijos, donde serán las propias personas solicitantes quienes decidan si figuran como titulares.
Normativa
Municipal
-
Reglamento del Registro Municipal de Solicitantes de Vivienda. Texto legal
-
Reglamento de Apartamentos Dotacionales. Texto legal
-
Ordenanza Municipal de Viviendas Tasadas. Texto legal