Servicio Municipal de ayuda a domicilio (SAD)

El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio público de carácter social que se dirige a familias o personas que tengan dificultades para valerse por sí mismas o mantener el núcleo familiar completo, con objeto de restablecer su bienestar físico, psíquico y/o social mediante un programa individualizado de carácter preventivo, asistencial y/o rehabilitador, contribuyendo a que puedan vivir en su hogar mientras sea posible.

La ayuda domiciliaria puede incluir los siguientes servicios
  • Apoyo doméstico: Compra y preparación de alimentos; apoyo en el lavado de ropa; planchado, repaso y ordenación de ropa; apoyo en la compra de ropa; limpieza de la vivienda (no incluye la realización de grandes limpiezas generales); hacer la cama, limpieza de espacios comunitarios.
  • Apoyo personal: Aseo personal; ayuda para levantarse, acostarse e incorporarse del asiento; ayuda en el vestir y en el comer; control y seguimiento de la administración de la medicación, señalada por el médico; apoyo para la movilidad dentro y fuera del hogar.
  • Apoyo socio-comunitario: Acompañamiento fuera del hogar en gestiones de carácter personal dentro del ámbito del barrio; acompañamiento en traslados fuera del hogar, por ejemplo, al Centro de Día.

El servicio de ayuda a domicilio se presta todos los días del año, de lunes a domingo de 7 a 22 horas, con una dedicación máxima de tres horas diarias, salvo casos excepcionales.

Dirigido a

En general, personas y/o grupos familiares empadronados en Donostia / San Sebastián o su representante legal (mínimo un año antes de la fecha de la solicitud), que requieran, por la pérdida de su autonomía, la intervención temporal o permanente de un servicio de apoyo para continuar residiendo en su domicilio habitual.
  • También se contemplarán las situaciones que por motivos familiares, rotan de vivienda, agrupaciones familiares, etc..que estando empadronadas en el momento de la solicitud, no cumplan el requisito de 1 año de empadronamiento
  • Con carácter específico podrán ser personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio:
    • Las personas mayores de sesenta años con dificultades en su autonomía personal.
    • Las personas con discapacidad o minusvalía con dificultades en su autonomía personal.
    • Los y las menores de edad cuyas familias no puedan proporcionarles el cuidado y atención que reuieren.
    • Los grupos familiares o personas con excesivas cargas, conflictos relacionales, situaciones sociales inestables y/o problemas derivados de enfermedad física y /o psíquicas
En todos los casos, es necesario que las personas abonen el precio público establecido

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Documento de identificación: DNI / NIE.Dependiendo de la situación personal concreta:
  • Libro de familia en caso de existir menores de 18 años en la unidad de convivencia
  • Valoración de dependencia emitida por la Unidad de Valoración de la Diputación Foral de Gipuzkoa (si no se dispone de ella en el Area de Bienestar Social)
  • Tarjeta sanitaria
  • Certificado de todas las posiciones: saldos e intereses actualizados de todas las cartillas de ahorro, cuentas corrientes, bonos, acciones, láminas a plazo fijo, etc..
  • Certificado de pensión/es actualizada/s o carta de revalorización (a excepción de las pensiones del INSS, de cuyos datos se dispone en el Area de BienestarSocial)
  • Ultima nómina o nóminas en caso de que sean variables y contrato de trabajo
  • Entidad bancaria y número de cuenta corriente por medio del cual se realizara el pago del precio publico correspondiente al beneficiario/a.
  • Cualquier otra documentación que a juicio de los servicios sociales municipales sea de interés.

En caso de que el servicio solicitado comprenda la realización de servicios de apoyo domestico o vaya dirigido a la atención de familias con menores a cargo, la documentación habrá de referirse también al cónyuge o pareja de hecho de la persona solicitante y al resto de las personas que convivan en el domicilio

Nota: es obligatorio el uso del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Precios públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades Municipales.

**Anexo a regir desde el 1 de enero de 2026

  • La persona usuaria deberá abonar un precio público que será calculado teniendo en cuenta su capacidad económica. Para la fijación de dicha capacidad se tendrá en cuenta la renta y el patrimonio de todas las personas beneficiarias del Servicio.

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: 2 días

Plazo legal: 2 meses

Sentido del silencio: Negativo

No hay lista de espera y habitualmente el servicio se pone en marcha entre 2 y 5 días. Los casos urgentes se resuelven en 24 horas

Pasos del procedimiento

Petición de cita previa en Servicios Sociales
  1. Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad
  2. Comprobación de cumplimiento de requisitos
  3. Registro de la solicitud y documentación
  4. Análisis de necesidades por parte del/a trabajador/a social, valorando a través de visitas domiciliarias y entrevistas los siguientes aspectos:
    • Las necesidades de apoyo para la realización de las actividades básicas de la vida diaria y para la realización de las actividades instrumentales
    • La situación socio-familiar
    • La situación de la vivienda
    • La situación económica.
5. Resolución de concesión o denegación
6. Notificación a la persona interesada

7. Puesta en marcha del servicio

8. Cobro mensual del precio público a la persona usuaria por parte de la empresa prestataria del servicio

9. Seguimiento por parte del/la Trabajadora Social para realizar la adecuación y modificaciones pertinentes en el Servicio

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Acción social

Normativa

Otra información

Los objetivos de este servicio son:
  • Prevenir y/o compensar la pérdida de autonomía, prestando ayuda para realizar las actividades de la vida diaria y/o para mantener el entorno doméstico en condiciones adecuadas de habitabilidad.
  • Prestar apoyo a las personas cuidadoras que constituyen la red natural de atención.
  • Favorecer la integración de las personas usuarias en su entorno comunitario evitando situaciones de aislamiento.
  • Mejorar el clima convivencial mediante intervenciones tendentes a evitar situaciones que entrañen algún riesgo.
  • Servir como elemento de detección de situaciones de necesidad que pudieran requerir la intervención de otros servicios.

NO se prestarán los siguientes servicios:
  • Atención personal a otras personas que habiten en el mismo domicilio y no se consideren personas beneficiarias del mismo por la valoración de los servicios técnicos municipales.
  • Aquellas actuaciones de apoyo doméstico cuya realización favorezca directa y exclusivamente a las demás personas que habiten en el domicilio y no se consideren personas beneficiarias.
  • Actuaciones de carácter sanitario, que precisen una formación específica del personal que lo realiza, como poner inyecciones, tomar la tensión, colocar y quitar sondas, tratamientos de úlceras y escaras, suministros de medicación que impliquen conocimientos específicos y otros similares.
  • Realización de arreglos importantes en el hogar: pintar, etc.
Tiempo mínimo de prestación de la ayuda: 30 minutos a la semana

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión de la información de carácter personal, familiar y social necesaria para el diagnóstico y prestación de servicios sociales, incluyendo viviendas protegidas y de emergencia; ayudas y centros.Se excluyen las políticas de género, por corresponder a la actividad de tratamiento de POLÍTICA DE GÉNERO.

Plazos de conservación

Eliminación total a los 5 años en el archivo de oficina. Conservar los listados de las concesiones de ayudas que quedan recogidos en los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local. Código 036 (Expediente de solicitud de ayudas de emergencia social). Propuesta de tablas de evaluación documental aprobadas por la Comisión de Valoración y Selección de Documentación (COVASED, Comisión aprobada por el Decreto 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se aprueban el Reglamento de los Servicios de Archivo y las normas reguladoras del Patrimonio Documental del País Vasco).

Legitimación

Ejercicio de potestad pública art 6.1.e) RGPD: - Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. - Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. - Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social. - Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Presencial
Hay que ir al Centro de Servicios Sociales del barrio en el que reside para informarse e iniciar los trámites: