Licencia de actividad clasificada y/u Obras en locales
Se trata de una licencia municipal que faculta para la puesta en funcionamiento, ampliación o reforma de una actividad o instalación pública o privada, incluidas en el apartado C) del Anexo I de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
En caso de ser necesario realizar obras en el local, se deberá tramitar la licencia de actividad simultáneamente o previamente a la solicitud de licencia de obras. En ningún caso se deberá conceder la licencia de obras antes que la licencia de actividad.
Información:
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Dirigido a
La persona interesada o quien tenga autorización para representarla.
Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.
Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.
Cuándo solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
Para Licencia de ACTIVIDAD:
A. Proyecto Técnico
- A.1. Memoria descriptiva y Ambiental
- A.2. Planos
- Otra documentación
Para Licencia de OBRA:
B. Documentación Adicional
- B.1. Presupuesto detallado de las obras,
- B.2. Nombramiento oficial de la Dirección Facultativa
* Al finalizar la obra, deberá presentarse el correspondiente Certificado de Fin de Obra, en el caso de que se hayan realizado modificaciones respecto a la licencia de obra concedida.
Tamaño máximo anexos: 200 Mb
Cantidad a abonar
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
*Anexo a regir desde el 1 de enero de 2017
Tasas por Actividades en locales
**Anexo a regir desde el 1 de enero de 2022
Plazo de resolución y sentido del silencio
Plazo estimado: Variable
Plazo legal: Variable
Sentido del silencio: Variable
Plazo para resolver y notificar la licencia de Actividad:El plazo máximo para resolver y notificar es de 4 meses. Siempre que no haya mediado paralización del procedimiento imputable a Ud. o que el órgano ambiental competente hubiere comunicado su informe desfavorable y se hallase éste pendiente de ejecución por el Ayuntamiento.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud de licencia (art. 53.2 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi) ( silencio negativo).
Plazo para resolver y notificar la licencia de Obra:
El plazo máximo para resolver y notificar esta solicitud es de 3
meses. Siempre que no haya mediado paralización del procedimiento
imputable a Vd. Si al vencimiento de dicho plazo no se le ha notificado
resolución expresa está usted legitimado/a para entender otorgada la licencia
por silencio administrativo (art 210.6 y 210.7 de la Ley 2/2006, de 30 de
junio, de suelo y urbanismo)( silencio positivo)
No obstante lo anterior, en ningún caso pueden adquirirse, ni aún por silencio administrativo positivo, facultades o derechos disconformes con la ordenación urbanística ni con la legalidad vigente (art. 211.1 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, del Suelo y Urbanismo).
Pasos del procedimiento
- Registro de la solicitud y documentación
- Subsanación de documentación, en su caso.
- Informes técnicos: Sanidad, Ingeniería, Bomberos, Arquitectura,....
- Exposición pública en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y comunicación a vecindario próximo.
- Remisión en su caso, a otras administraciones para que realice el informe estableciendo las medidas correctoras. El informe será vinculante en caso de ser desfavorable.
- Cerrados los informes técnicos, se elabora la propuesta de concesión de licencia de actividad
Procedimiento licencia obras:
- Subsanación de documentación, en su caso
- Informes técnicos.
- Resolución de concesión/ denegación de licencia de obra
- Notificación a persona interesada.
Una vez realizadas las obras, antes de la apertura del local, se tiene que realizar:
- Registro de la comunicación previa de inicio de actividad.
- Se realiza la visita de Inspección por parte del Ayuntamiento
- Liquidación y abono de las correspondientes tasas
Responsable de la tramitación
Normativa
Ordenanza reguladora de la ubicación de establecimientos públicos y actividades recreativas
Ordenanzas complementarias de edificación
Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo
Ordenanza municipal de eficiencia energética.
Plan General de Ordenación Urbana de Donostia
Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi
Otra información
El servicio de Euskera concede su bvenciones para poner en euskera la rotulación exterior e interior de cualquier establecimiento
Protección de datos
Responsable del tratamiento
Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A
Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián
Teléfono: 010 / 943 481 000
Email: udalinfo@donostia.eus
Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria
Finalidad del tratamiento
Plazos de conservación
Legitimación
Destinatarios
Derechos
Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:
- El acceso a sus datos personales.
- La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
- La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
- La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.