Ayudas económicas: Subvención para colocar rótulos en euskera

El Servicio de Euskera del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián concede ayudas para
  • Rotulación exterior: poner en euskera o en euskera y otra lengua los rótulos exteriores de los establecimientos comerciales, hosteleros y de aquellos que ofrezcan otro tipo de servicios.
  • Rotulación interior: poner en euskera o en euskera y otra lengua la rotulación interior de los citados establecimientos.

Dirigido a

La persona interesada o quien tenga autorización para representarla.

Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.

Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Factura original y justificante del abono.
  • Fotografía del elemento una vez colocado, en caso de ser más de un elemento, una fotografía en la que aparezca la rotulación exterior completa del establecimiento
  • En caso de no tributar en el País Vasco, deberá adjuntar certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: 1 mes

Plazo legal: 6 meses

Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Publicación de las Bases
  2. Registro de la solicitud y documentación
  3. Subsanación de documentación en su caso
  4. Se formula la propuesta de resolución definitiva firmada por la Concejalía
  5. Envío de notificación de la concesión o denegación
  6. Ingreso de la subvención

Responsable de la tramitación

Departamento: Servicio de Euskera

Normativa

Otra información

No se subvencionarán los rótulos principales y demás elementos de rotulación que contengan únicamente nombres propios (nombres y/o apellidos), topónimos y/o acrónimos
  • Serán subvencinados los nombres propios, topónimos o acrónimos que vayan acompañados de la indicación del tipo de ocupación o actividad profesional del establecimiento ("Peio arrandegia", "Ezeiza arropa-denda", "Mandobide taberna").
  • Podrán ser objeto de subvención los rótulos compuestos por un nombre común o sintagma nominal en euskera ("Izar", "Atotxako Sorgina", "Hiru Ahots").
  • No serán objeto de subvención los rótulos o soportes temporales. El rótulo debe ser estable para ser subvencionable.
  • Los términos redactados en euskera y castellano con grafía similar, se rotularán únicamente en euskera.
  • Para ser subvencionables, los elementos de rotulación deberán estar correctamente redactados; es decir, no deberán contener errores gramaticales u ortográficos.
  • Cuando se subvencione un rótulo realizado íntegramente en euskera, se tendrá en cuenta la totalidad del paisaje lingüístico del establecimiento. Y si tiene un rótulo o más en otra lengua distinta del euskera, se analizará la presencia del euskera y se concederá la subvención en función de ello.
Cuando se utilicen las dos lenguas oficiales o más lenguas en un rótulo, para ser objeto de subvención la presencia del euskera será, como mínimo, equivalente al castellano o a las otras lenguas.
Cuando los textos estén en columnas, el texto en euskera se pondrá a la izquierda. Cuando los textos estén en la misma línea, comenzarán en euskera. Y cuando el texto esté en dos líneas, la primera línea será en euskera y la segunda línea en la otra lengua. Asimismo, cuando los textos estén separados en dos páginas, la página de la derecha será para el euskera y la de la izquierda para el castellano u otra lengua

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión de la información personal para la concesión de subvenciones municipales.

Plazos de conservación

Cosnervación permanente

Legitimación

Ejercicio de la potestad pública art 6.1.e) RGPD: - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - Ley 2/2000, de 29 de junio, de transporte público urbano e interurbano de viajeros en automóviles de turismo.

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Telemático

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