Pisos de emergencia social

Atención de situaciones críticas determinadas por la carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales que pongan en peligro la integridad de las personas.

Salvo circunstancias especiales, este servicio se limita a facilitar alojamiento, no ejerciéndose en estos pisos tutela alguna ni existiendo en los mismos personal al cuidado de las personas acogidas, si bien, se hará un seguimiento de los casos desde la Dirección de Bienestar Social.

Se entenderán como situaciones críticas de carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales las derivadas de las siguientes circunstancias: 
  • Desahucios dictados por sentencia judicial firme en procedimientos seguidos ante la jurisdicción civil por falta de pago por insuficiencia de recursos, por necesidad de la persona propietaria, por declaración de ruina o similares.
  • Declaración municipal de ruina inminente de la edificación que sirva de residencia a la persona o personas necesitadas de la acogida.
  • Catástrofe, incendio, inundación y fenómenos similares que inhabiliten la edificación que sirva de residencia de la unidad familiar.
  • Relaciones familiares insostenibles por la existencia de malos tratos físicos y/o psíquicos. Las mujeres que sufran violencia de género, serán dirigidas a los recursos de acogida específicos
  • Otras situaciones de emergencia.

La estancia es, como máximo, de tres meses

Dirigido a

Tener empadronamiento en DonostiaPrevia valoración y prescripción técnica de los y las profesionales de Servicios Sociales Puede ser usuaria de este servicio cualquier persona o unidad de convivencia, que se encuentre en alguna de las situaciones críticas de carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales señaladas anteriormente.

Para determinar la prioridad de acceso a estos pisos se consideraran las siguientes circunstancias:
  1. Que haya menores de edad entre los acogidos/as
  2. Que la necesidad de vivienda está causada por catástrofe, declaración de ruina o desalojo.
  3. Necesidad de protección para no ser agredido/a o maltratado/a

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Toda aquella que acredite la no disponibilidad de una vivienda alternativa donde poder residir en condiciones de seguridad o no poder disponer de ella con la inmediatez necesaria.
  • Todo aquella que desde Servicios Sociales, se estime necesaria para acreditar y comprobar la situación de emergenciaa de la familia

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Tasas por Servicios y Actividades Municipales

**Anexo a regir desde el 1 de enero de 2026

El coste es compartido entre el Ayuntamiento y las personas usuarias. Estas últimas abonan una cantidad en función de su capacidad económica.

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: En el momento

Plazo legal: 2 meses

Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Petición de cita previa en Servicios Sociales
  2. Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad y la propuesta de acogida
  3. Comprobación de cumplimiento de requisitos
  4. Registro de la solicitud y documentación
  5. Entrevista de acogida y firma del acuerdo de estancia, normativa, derechos y deberes.
  6. Establecimiento de un Plan de Intervención con los o las profesionales de Servicios Sociales municipales
  7. Evaluación y seguimiento del Plan por parte de los y las profesionales de Servicios Sociales municipales

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Acción social

Normativa

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión de la información de carácter personal, familiar y social necesaria para el diagnóstico y prestación de servicios sociales, incluyendo viviendas protegidas y de emergencia; ayudas y centros.Se excluyen las políticas de género, por corresponder a la actividad de tratamiento de POLÍTICA DE GÉNERO.

Plazos de conservación

Eliminación total a los 5 años en el archivo de oficina. Conservar los listados de las concesiones de ayudas que quedan recogidos en los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local. Código 036 (Expediente de solicitud de ayudas de emergencia social). Propuesta de tablas de evaluación documental aprobadas por la Comisión de Valoración y Selección de Documentación (COVASED, Comisión aprobada por el Decreto 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se aprueban el Reglamento de los Servicios de Archivo y las normas reguladoras del Patrimonio Documental del País Vasco).

Legitimación

Ejercicio de potestad pública art 6.1.e) RGPD: - Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. - Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. - Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social. - Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Presencial
Hay que ir al Centro de Servicios Sociales del barrio en el que reside para informarse e iniciar los trámites: