Transmisión de titularidad de actividad clasificada

Transmisión de titularidad de actividad clasificada del titular actual al nuevo titular.

Dirigido a

El nuevo titular de la actividad (persona interesada) o, en su caso, su representante.

Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.

Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

'Comunicación transmisión' firmada por la nueva persona titular.
  • En el caso de personas jurídicas, las escrituras de constitución
  • ¿La transmisión es bilateral?
    • Sí: Documento de autorización de la transmisión ('Autorización transmisión' firmada por el titular actual)
    • No:
      • Eres el propietario del local?
        • No: contrato de alquiler.
        • (cuando la titularidad de la actividad pasa al propietario del local):
          • Documentación que acredite la propiedad del local: escrituras de propiedad o escrituras de aceptación de herencia/donación, u otro documento equivalentes.
          • Documentación que acredite que el anterior titular ya no tiene relación con la actividad: Rescisión del contrato alquiler o declaración responsable de recuperación de la posesión.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: En el momento

Plazo legal: No procede

Sentido del silencio: No procede

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la comunicación y documentación.
  2. Subsanación de documentación, en su caso
  3. Comunicación de la toma de razón de la transmisión

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Urbanismo Sostenible

Normativa

Otra información

Con esta transmisión no se podrá realizar ninguna modificación ni ampliación de la actividad en vigor.

La transmisión tendrá efecto automático siempre que se produzca conforme a la normativa vigente.

Si la licencia se obtuvo antes de la entrada en vigor del Decreto 171/19851, (conforme a la disposición transitoria primera de la misma) el/la nuevo/a titular de la licencia deberá presentar, para regularizar la actividad, un proyecto redactado por personal técnico competente en el que acredite la adecuación de la actividad a las normas técnicas que dispone el decreto arriba citado.
El plazo de presentación del proyecto es de 6 meses a contar desde la fecha de transmisión.
El incumplimiento de la obligación de presentar los proyectos de regularización conllevará la exigencia, por parte del Ayuntamiento, de la adopción de las oportunas medidas correctoras, sin perjuicio del establecimiento de las medidas cautelares que se estimen pertinentes.

1 Decreto 171/1985 de 11 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de carácter general, de aplicación a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residencial (Boletín Oficial del País Vasco de 29/6/1985).

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión y control de toda clase de licencias, autorizaciones, declaraciones responsables y permisos concedidos por el Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias.

Plazos de conservación

Conservación permanente, salvo: Obras express: Eliminación total a los 10 años desde la finalización de la tramitación administrativa.

Legitimación

Ejercicio de la potestad pública: art. 6.1.e): -Artículo 17.1.9 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. -Artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. - Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo. -Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. - Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. - Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el código técnico de la edificación. - Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente -

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Telemático

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Presencial
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943 48 38 38