Bonificaciones y Exenciones sobre Impuestos Municipales

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Gozarán de una bonificación:
  • Las familias numerosas
  • Viviendas con instalación de aprovechamiento térmico o eléctrico...
  • Otros casos contemplados en la Ordenanza fiscal sobre el IBI (ver ordenanza en vigor)

Impuesto sobre Vehículo
Gozarán de una bonificación:
  • Vehículo histórico y vehículo con antigüedad mímina de 30 años
  • Vehículo de motor eléctrico o vehículos híbridos
  • Vehículo de gas
  • Familia numerosa

La exención por discapacidad se aplicará en los siguientes casos:
  • Grado de minusvalía a partir del 65% y vehículo de menos de 14 Cv.
  • Grado de minusvalía entre 33% y 65%, reducción de movilidad igual o superior a 25% y vehículo de menos de 14 Cv.
  • Vehículos cuyos titulares acrediten que tienen a su cargo, por razón de patria potestad, tutela o curatela a alguna persona con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
  • Con reducción de movilidad igual o superior al 75%, no les será de aplicación el límite de 14 caballos fiscales, siempre que el vehículo se encuentre adaptado para el uso con silla de ruedas.
    Hay que realizar una nueva solicitud si cambian las circunstancias que dieron lugar a la bonificacion o exención inicial.
    Surtirán efectos al año siguiente al de la solicitud.

    Dirigido a

    Las bonificaciones las debe solicitar el sujeto pasivo. Cumplir con los criterios señalados en el apartado anterior.
    Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

    Cuándo solicitar

    Durante todo el año

    Documentación necesaria

    Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

    Tamaño máximo anexos: 10 Mb

    Plazo de resolución y sentido del silencio

    Plazo estimado: 1 mes

    Plazo legal: 6 meses

    Sentido del silencio: Negativo

    Pasos del procedimiento

    1. Registro de la solicitud y documentación
    2. Comprobación de cumplimiento de requisitos
    3. Resolución estimatoria o desestimatoria
    4. Notificación a las personas interesadas
    5. Registro en la Base de Datos

    Responsable de la tramitación

    Departamento: Dirección Financiera

    Normativa

    Otra información

    Responsable del tratamiento

    Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

    Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

    Teléfono: 010 / 943 481 000

    Email: udalinfo@donostia.eus

    Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

    Finalidad del tratamiento

    Gestión de la información personal relativa a actuaciones, operaciones, notificaciones y atención de las peticiones, sugerencias y quejas de los contribuyentes en la gestión tributaria del Ayuntamiento.

    Plazos de conservación

    Eliminación total en 10 años.

    Legitimación

    Ejercicio de potestad pública art.6.1.e) RGPD: -Normal Foral 14/1989, de 5 de Julio, de Gipuzkoa, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. -Norma Foral 11/1989, de 5 de Julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. -Norma Foral 12/1989, de 5 de julio, de Gipuzkoa, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. -Ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles. -Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. -Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Cumplimiento de obligación legal art.6.1.c) RGPD: - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. - Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa - Decreto Foral 41/2006, de 26 de setiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa en materia de Revisión en Vía Administrativa. - Ordenanza de Recaudación de los Tributos y otros Ingresos de Derecho Público del Ayuntamiento De Donostia-San Sebastián

    Destinatarios

    Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

    Derechos

    Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

    • El acceso a sus datos personales.
    • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
    • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
    • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
    • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

    Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

    Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

    Estado del trámite
    En plazo