Corporación municipal
Los partidos políticos con representación en el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.
Grupos políticos
PNV
PSE-EE
Enlaces de interés
EH Bildu
PP
Elkarrekin Donostia
Pleno
Integrado por la totalidad de los concejales y concejalas (27), y presidido por el alcalde, es el órgano supremo del gobierno y la administración municipal.
El pleno celebra sesión ordinaria una vez al mes en el día y hora en que es convocado por el alcalde, y sesión extraodinaria cuando así lo decide el alcalde o lo solicita la cuarta parte de los miembros de la corporación.
Las sesiones plenarias y los acuerdos adoptados son públicos y se pueden consultar por cualquier persona o entidad interesada.
Composición del pleno
EAJ-PNV
- Jon Insausti Maisterrena
- Olatz Yarza Garagorri
- Kerman Orbegozo Uribe
- Nekane Arzallus Iturriza
- María Jesús Idoeta Madariaga
- Juan Ramón Viles Mitxelena
- Martin Ibabe Eceiza
- Ana Lopez Loyarte
- Idoia Gracia Monge
PSE-EE
- Ane Oyarbide Ochoa
- Iñaki Gabarain Gaztelumendi
- Carlos García Hernandez
- Juan Marrero Vizcaíno
- Iñigo García Villanueva
BILDU
- Juan Karlos Izagirre Hortelano
- Jon Markel Ormazabal Gaztañaga
- Sandra Barrenetxea Diez
- Ricardo Burutaran Ferre
- Garbiñe Alkiza Lopez De Samaniego
- Itziar Iturri Arrazola
- Izar Hernando Ibero
- Jabi Vitoria Roma
PP
- Borja Corominas Fisas
- Vanesa Vélez de Pablos
- Tomás Pascua Martín
Elkarrekin Donostia
- Victor Lasa Briz
- Arantza González García
Naturaleza, atribuciones y organización
Naturaleza y atribuciones
Así, el pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía en el gobierno municipal, apareciendo configurado como órgano de debate y de adopción de las grandes decisiones estratégicas a través de la aprobación de los reglamentos de naturaleza orgánica y otras normas generales, de los presupuestos municipales, de los planes de ordenación urbanística, de las formas de gestión de los servicios, etc, y de control y fiscalización de los órganos de gobierno.
Entre sus atribuciones más importantes están:
- Aprobación de las normas municipales
- Aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento
- El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
Organización
La organización y funcionamiento del pleno se encuentra regulado en el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián aprobado definitivamente en sesión plenaria de 31-08-2004 y publicado en el Boletín Oficial de Guipúzcoa número 193 de 06-10-2004.
En el caso de este Ayuntamiento, el pleno está formado por concejales y concejalas en número total de 27, entre ellos el alcalde, correspondiendo su presidencia al alcalde o alcaldesa, quien puede delegarla,cuando lo considere oportuno, entre sus concejales y concejalas.
El pleno funciona en sesiones plenarias o en comisiones de pleno.
El orden del día se compone por los asuntos administrativos que les corresponde aprobar por sus atribuciones y por el control del gobierno municipal (alcalde y junta de gobierno local).
Control y fiscalización de los órganos de gobierno
El control del pleno al gobierno municipal se efectúa durante 4 años que dura la corporación a través de los siguientes instrumentos:
- Instrumentos ordinarios de control
- Moción - Propuesta que sobre un asunto de competencia del pleno se somete directamente a conocimiento y resolución del mismo. La moción va precedida de una interpelación tratada en comisión.
- Comparecencia - Los miembros de la junta de gobierno local con responsabilidad de un área de gestión están obligados a comparecer en el pleno cuando lo solicite un grupo que pretende obtener información de un tema, con el fin de responder a las preguntas que se le formulen sobre su actuación.
- Ruego o Sugerencia - Es la formulación de una petición dirigida al equipo de Gobierno o a un miembro del mismo en relación con una actuación concreta. Pueden plantear ruegos todos los miembros de la corporación o los grupos municipales a través de sus portavoces.
- Pregunta - Es cualquier cuestión planteada a los órganos de gobierno en el seno la comisión del pleno relacionada con la gestión política o administrativa de la que sean responsables.
- Interpelación - Una vez los grupos de la oposición tienen la información de lo que va a hacer el gobierno municipal, ponen en cuestión la gestión del gobierno mediante una pregunta.
- Declaraciones institucionales - Son manifestaciones de la postura del pleno en cuanto órgano de representación política municipal, en relación con cuestiones de interés general.
- Instrumentos extraordinarios de control
- Moción de censura - El alcalde puede ser destituido mediante una moción de censura que se presentará por escrito en el Registro General.
Sesiones plenarias
Declaraciones institucionales
Comisiones de pleno
Asumen de manera habitual el ejercicio de las funciones siguientes:
- El estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del pleno.
- El seguimiento de la gestión del alcalde y de su equipo de gobierno, sin perjuicio de su superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al pleno.
- Las funciones resolutorias que el pleno les delegue.
Las comisiones constituidas en el Ayuntamiento son las siguientes:
- Comisión de Desarrollo y Planificación del Territorio
- Comisión de Espacio Público, Obras y Servicios Urbanos
- Comisión de Servicios Generales
- Comisión de Servicios a las Personas
- Comisión de Hacienda
- Comisión Especial de Control y Seguimiento de la Contratación
- Comisión Especial de Cuentas
- Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
Cada comisión conocerá de los asunto propios de su competencia.
Código de Buen Gobierno
Cada una de las personas representantes que componemos el Gobierno Municipal de Donostia / San Sebastián adoptamos el compromiso de actuar en el desempeño de nuestra actuación política municipal siempre acorde a los principios del Buen Gobierno que aquí presentamos.
Para conseguir una mayor cultura cívica en nuestra sociedad es de especial relevancia que la gestión de los Ayuntamientos, que son las administraciones públicas más cercanas, se implemente desde una ética pública y común, desterrando cualquier caso de corrupción y promocionando las buenas prácticas.
Este Código recoge el cuerpo de recomendaciones que la Comisión Europea plantea en su “European Code of Conduct for the Political Integrity of Local and Regional Elected Representatives”, aprobado en el Congreso de Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa (The Congres of Local and Regional Authorities of the Council of Europe) el 17 de Junio de 1999, al cual hemos añadido con algunos criterios propios.
En este Código se desarrolla una ética general con el objetivo de fomentar prácticas más responsables tanto en el ámbito público como privado, fomentando los valores que deben tener las administraciones públicas y analizando las consecuencias de las decisiones del Gobierno. Precisamente, el propósito de los criterios que vienen a continuación es garantizar que la conducta de cada miembro del Gobierno Municipal sea justa, responsable, al servicio de la ciudadanía, transparente, eficiente y debida enteramente a la función pública.